Con el objetivo de consolidar el proceso de reducción de la carga tributaria y brindar mayor previsibilidad a los actores del sector agroindustrial, el Gobierno Nacional oficializó, a través del Decreto N° 423/2026, una nueva reducción de los derechos de exportación aplicables a granos y subproductos.
En las cadenas de trigo y cebada, la medida establece una reducción de 2 puntos porcentuales en los derechos de exportación, que entrará en vigencia a partir del 4 de junio. Según lo dispuesto, la iniciativa busca fortalecer la competitividad de ambos cultivos e incentivar las decisiones de siembra de cara a la nueva campaña.

Para el resto de los granos —soja, maíz, girasol y sorgo— y sus respectivos subproductos, se definió un cronograma de reducción progresiva de los derechos de exportación que se implementará entre enero de 2027 y diciembre de 2028, de acuerdo con lo establecido en los anexos del decreto.
En el caso de la soja y sus derivados, el esquema contempla una disminución de 0,25 puntos porcentuales mensuales a partir de enero de 2027 y de 0,5 puntos porcentuales mensuales desde enero de 2028.
La normativa también establece que, una vez entrada en vigor, podrán registrarse Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) para embarques con destino a partir de enero de 2027, tributando las alícuotas reducidas correspondientes. Esta posibilidad permitirá anticipar operaciones, facilitar la planificación comercial y avanzar en negocios futuros bajo las nuevas condiciones, sin necesidad de esperar al inicio efectivo del cronograma de desgravación.
Por otra parte, el decreto reduce al 0 % la alícuota aplicable al biodiésel elaborado a partir de aceites alternativos, como cártamo, colza, carinata y camelina. La medida tiene como objetivo promover el desarrollo de nuevas cadenas de valor vinculadas a los biocombustibles, entre ellas la producción de combustible sostenible para la aviación (SAF), una industria que presenta un importante potencial de crecimiento para los próximos años.
Resumen de las medidas
2026
• Trigo y cebada: reducción de 2 puntos porcentuales en los derechos de exportación a partir de junio de 2026.
2027
• Soja, maíz, girasol y sorgo (granos/semillas y subproductos): implementación de un esquema de reducción gradual de los derechos de exportación.
3 de junio de 2026 | Agricultura, Ganadería y Pesca | Argentina | www.argentina.gob.ar





